jueves, 20 de diciembre de 2012

| CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA |

A partir del 9 de Enero de 2013, siguiendo la Directiva Europea 2010/31/UE, para alquilar ó vender una vivienda, oficina ó local (construida antes del 2007, fecha en la que entró el vigor el CTE y a partir de la cual las viviendas, oficinas ó locales ya están calificadas) se necesitará tener un Certificado de eficiencia energética.

Y la siguiente pregunta es: ¿Qué es un certificado de eficiencia energética? Conforme al RD 47/2007, de 19 de Enero, es un certificado en el que se establecerá el consumo de energía que se estima necesario en una vivienda (oficina ó local) en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación.

De este modo las viviendas tendrán una etiqueta de A, B, C, D, E, F ó G que indicará la eficiencia energética. La calificación de A será la mejor, es la que indica la mayor eficiencia energética y la G es la peor, la que indica menor eficiencia energética.


Esta Certificación dará muchísima información relevante al futuro inquilino ó comprador, ya que dará información sobre lo que no se ve de la vivienda que es incluso más importante que lo que se ve. El técnico evaluará la composición de las medianeras, de las fachadas, de las cubiertas y de la solera en contacto con el suelo. También analizará los marcos y vidrios de las ventanas e incluso el material de los tabiques interiores, la localización y la orientación del inmueble.

El Certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de 10 años y el propietario es el responsable de la renovación ó actualización del Certificado. La Comunidad Autónoma dispondrá cuantas inspecciones sean necesarioas con el fin de comprobar y vigilar el cumplimiento de la certificación energética de los edificios.

El certificado de eficiencia energética deberá tener un formato normalizado y deberá contener la siguiente documentación:

- La calificación: A, B, C, D, E, F ó G
- La Localicad y Zona Climática donde se ubica el edificio conforme la sección HE1 del CTE.
- El consumo de energia esperado del edificio en KW/año y de emisiones de dióxido de carbono en KgCO2/año
- Indicar si se ha utilizado la opción General ó Simplificada de cálculo y el Programa utilizado para dicho cálculo.
- La fecha de validez de la etiqueta energética. 

¿Quién puede hacerlo? Arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros ó ingenieros técnicos.

Si quieres certificar tu vivienda ó tienes cualquier duda ponte en contacto con nosotros.


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